miércoles, 28 de septiembre de 2016

Polemos en la guerra y la política

Polemos en la guerra y la política












En este ensayo, Polemos en la guerra y la política, vamos a intentar una reflexión crítica y ponderadora del Acuerdo de Paz, en lo que respecta al tercer tópico del documento acordado, entre las partes beligerantes. En este apartado, el tono de la prosa es, mas bien, técnico, instrumental y normativo; estableciendo las garantías del desarme, del fin del conflicto, y la incorporación a la vida política, de parte de las FARC-EP. Seguramente es un apartado necesario, para establecer y normar las operaciones de la finalización del conflicto, del desarme y de la incorporación a la vida política. Sin embargo, nos da la oportunidad para reflexionar sobre la paz, las condiciones de posibilidad de la paz.



El tercer tópico y campo temático del Acuerdo de Paz es Fin del Conflicto. Ambas partes, El Gobierno de la República de Colombia (Gobierno Nacional) y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC-EP); en desarrollo de los sub-puntos 1: Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y 2: Dejación de las armas, del punto 3, Fin del Conflicto, del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 26 de agosto de 2012, acuerdan: El Gobierno Nacional, en cumplimiento y en los términos de lo acordado en el punto 2 “Participación política: Apertura democrática para construir la paz”, reafirma su compromiso con la implementación de medidas que conduzcan a una plena participación política y ciudadana de todos los sectores políticos y sociales, incluyendo medidas para garantizar la movilización y participación ciudadana en los asuntos de interés público, así como para facilitar la constitución de nuevos partidos y movimientos políticos con las debidas garantías de participación, en condiciones de seguridad[1].


El documento del Acuerdo de Paz dice, seguidamente:


Así mismo, el Gobierno Nacional reafirma su compromiso con lo acordado en los puntos 3.4. y 3.6. del punto 3 Fin del Conflicto, entre los que se encuentra la creación de un nuevo Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, en los términos acordados en el punto 2 Participación Política, como parte de una concepción moderna, cualitativamente nueva de la seguridad que, en el marco del fin del conflicto, se funda en el respeto de la dignidad humana, en la promoción y respeto de los derechos humanos y en la defensa de los valores democráticos, en particular en la protección de los derechos y libertades de quienes ejercen la política, especialmente de quienes luego de la terminación de la confrontación armada se transformen en movimiento político y que por tanto deben ser reconocidos y tratados como tales[2].


Como corolario de esta primera consideración del Fin del conflicto, se escribe:


Adicionalmente, el Gobierno Nacional y las FARC-EP expresan su compromiso de contribuir al surgimiento de una nueva cultura que proscriba la utilización de las armas en el ejercicio de la política y de trabajar conjuntamente por lograr un consenso nacional en el que todos los sectores políticos, económicos y sociales, nos comprometamos con un ejercicio de la política en el que primen los valores de la democracia, el libre juego de las ideas y el debate civilizado; en el que no haya espacio para la intolerancia y la persecución por razones políticas. Dicho compromiso hace parte de las garantías de no repetición de los hechos que contribuyeron al enfrentamiento armado entre los colombianos por razones políticas.


Por último, el Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen con el cumplimiento de lo aquí acordado en materia de Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo (CFHBD) y Dejación de Armas (DA), para lo cual elaborarán una hoja de ruta que contenga los compromisos mutuos para que a más tardar a los 180 días luego de la firma del Acuerdo Final haya terminado el proceso de dejación de armas[3].


Como se puede ver, el apartado del documento del Acuerdo de Paz, está dedicado a hacer viable y operable la finalización del conflicto. El carácter del contenido se encuentra en los límites de la democracia formal, aunque ampliada, en lo que respecta a menciones a la participación de la sociedad, a la ampliación de los marcos jurídicos y políticos,  insistiendo en la solución de los problemas sociales y políticos, que ocasionaron la guerra permanente en Colombia.





Reflexiones sobre la guerra y la política


¿Pasar de la guerra, como ámbito bélico, para resolver problemas socio-políticos, a la política, como ámbito polémico para resolver los problemas no resueltos en la guerra, en el campo político, es asumir la política como continuación pacífica de la guerra? ¿Antes, en la guerra permanente, la guerra era asumida como continuación bélica de la política?  ¿Cuál la relación entre la guerra y la política? Como escribimos en La guerra y la paz, ni la guerra es continuación de la política, ni la política es continuación de la guerra[4]. La relación paradójica de la guerra y la política, no se da en el esquematismo dualista, ni en el tiempo lineal, no se resuelve dialécticamente, que es una versión móvil y mutante del esquematismo dualista; se da en la complejidad dinámica de las composiciones singulares de la formación espacio-temporal-territorial-social, que articulan e integran dinámicamente múltiples planos y espesores de intensidad. La guerra es acontecimiento, que contiene múltiples singularidades, que se asocian, convergen o divergen, se articulan de una determinada manera, en una coyuntura, combinando formas de desenlaces, por así decirlo, momentáneos o definiendo lapsos. La política es otro acontecimiento, que como tal, es multiplicidad de singularidades, articuladas e integradas en composiciones y combinaciones sociales, que hacen a los desenvolvimientos de la política. Para comprender estos acontecimientos, además en su singularidad compleja, es menester comprender las simultaneidades dinámicas y singulares, que se dan en los acontecimientos.


Desde esta perspectiva, la política no aparece como el ámbito institucional y normativo, además de prácticas y relaciones estructuradas, que hacen a la paz. Sino que la paz aparece como un concepto que expresa una idea, en sentido kantiano; es decir, una finalidad construida por la razón, aunque también por la esperanza. Para conseguir la paz, idea esperada en el ámbito de la guerra, se finaliza el conflicto bélico; para conseguir la paz, idea esperada en el ámbito político, es menester resolver los problemas que ocasionaron la guerra.


El Acuerdo de Paz considera algunos de estos problemas, que supone cruciales, en la coyuntura presente; sin embargo, como no son todos los problemas heredados o por lo menos un núcleo significativo de la problemática social, económica, política y cultural, no es todavía la condición de posibilidad jurídica para lograr la paz, anhelada en el ámbito político; tampoco es la condición de posibilidad jurídico-política, es decir, institucional, para realizar la paz esperada. Así mismo, no es todavía la condición de posibilidad histórico-política para efectivizar la paz, ya entendida como ideal exhaustivo, es decir, como concordia y fraternidad. Para decirlo, de manera resumida, el Acuerdo de Paz es la condición de posibilidad jurídica de la finalización del conflicto bélico, para alcanzar la realización de la paz, anhelada en la conflagración bélica. Para conformar la condición de posibilidad jurídico-política de la paz, anhelada en el ámbito político, se requieren de transformaciones jurídicas, de las reglas del juego político, así como transformaciones institucionales, que operen los desplazamientos hacia la paz. Si se quiere; para decirlo de una manera simplona, por razones de exposición, se requiere de un proceso constituyente, que otorgue potestad al poder constituyente, es decir, el pueblo. Sin embargo, desde la perspectiva histórico-política, esto no es suficiente para alcanzar la paz, anhelada políticamente. Se requiere de transformaciones estructurales e institucionales, que profundicen la democracia formal, que la conviertan en democracia participativa; que se resuelvan, por lo menos, algunos problemas estructurales de la formación social. Uno, el relativo a la estructura de las desigualdades, que adquieren diferencias abismales. Dos, el relativo a la cuestión agraria, es decir, el materializar la reforma agraria integral; como menciona el mismo documento del Acuerdo de Paz. Tres, resolver el problema de la violencia descomunal y perversa, generada por las estructuras de poder paralelas del narcotráfico; lo que implica, desmantelar a los carteles y a las mafias; así mismo, denota el desarme total de los paramilitares. Cuatro, avanzar sustantivamente, por así decirlo, en la descolonización; en otras palabras, en la desracialización de las relaciones sociales; lo que conlleva el respeto efectivo, es decir, institucional y en la práctica, de los derechos de las naciones y pueblos indígenas, así como de las poblaciones afro-descendientes. En consecuencia, para lograr la paz, anhelada políticamente, desde esta perspectiva histórico-política, se requiere de la reivindicación plena, el ejercicio pleno de la ciudadanía integral de las y los oprimidos, excluidos, marginados, discriminados, subalternizado. Para decirlo, en la expresión del discurso histórico-político puesto en escena, tanto en el acontecimiento de la guerra como en el acontecimiento político, el discurso marxista, se requiere de la condición social-política-económica del socialismo. ¿Es este último logro, la paz anhelada por la perspectiva histórica-política, la paz como idea integral, como armonía? No. La paz como armonía es posible resolviendo la problemática en su complejidad integral, comprendiendo los múltiples planos y espesores de intensidad, que hacen a la realidad efectiva. Esto compromete resolver la crisis ecológica, la amenaza a la vida, que ocasionan las sociedades humanas institucionalizadas; las que, bajo el manto de la cultura-mundo, la civilización moderna, han convertido a la naturaleza, mejor dicho, a la integralidad de los ciclos vitales, al Oikos, al planeta, en objeto de dominación y materia de poder. Por lo tanto, cumplir con las condiciones de posibilidad para la paz como armonía, requiere de la armonización de las sociedades humanas con los ciclos ecológicos, los ciclos vitales del planeta; para decirlo, en términos jurídicos, de la última generación de derechos, garantizando los derechos de los seres, que cohabitan, coexisten, con las sociedades humanas.


En consecuencia, no hay que perder de vista que la paz es una idea racional y afectiva; no algo o circunstancias que se efectivizan inmediatamente, después de un Acuerdo de Paz. Tampoco hay que perder de vista que la paz tiene distintas connotaciones conceptuales, de alcances diferentes, o, si se quiere, hay distintas ideas de paz; unas más simples, otras más complejas. En tercer lugar, no hay que perder de vista, que si se quiere alcanzar esta finalidad o esta idea de paz como armonía, se requiere reintegrar a las sociedades humanas a las ecologías de la pluralidad de sociedades orgánicas y de sus ciclos vitales; logrando armonizar a las sociedades humanas con los devenires creativos de la potencia de la vida.



Esta reflexión no tiene porque desalentar, tampoco desmoralizar, menos desvalorizar el logro del Acuerdo de Paz; sino, mas bien, se trata de ponderar el Acuerdo de Paz, como condición de posibilidad jurídico-política para alcanzar la paz, anhelada desde las entrañas devoradoras de la guerra. Se trata también de definir ámbitos de tareas, en distintos horizontes de la paz; ámbitos de tareas que responsabilizan o exigen la responsabilidad, en primer lugar, del pueblo; en segundo lugar, de los involucrados en el conflicto bélico; en tercer lugar, de los y las activistas libertarias, activismo múltiple e integral, no solo en la crítica, en la interpelación y en la convocatoria, sino como despliegue afectivo del amor a la vida.  








[1] Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera: https://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/24_08_2016acuerdofinalfinalfinal-1472094587.pdf.
[2] Ibídem.
[3] Ibídem.



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