Polemos en la guerra y la política
En este ensayo, Polemos en la guerra y la política, vamos
a intentar una reflexión crítica y
ponderadora del Acuerdo de Paz, en lo
que respecta al tercer tópico del documento acordado, entre las partes
beligerantes. En este apartado, el tono de la prosa es, mas bien, técnico,
instrumental y normativo; estableciendo las garantías del desarme, del fin del
conflicto, y la incorporación a la
vida política, de parte de las FARC-EP. Seguramente es un apartado
necesario, para establecer y normar las operaciones
de la finalización del conflicto, del desarme y de la incorporación a la vida
política. Sin embargo, nos da la oportunidad para reflexionar sobre la paz,
las condiciones de posibilidad de la paz.
El tercer tópico y
campo temático del Acuerdo de Paz es Fin del Conflicto. Ambas partes, El
Gobierno de la República de Colombia (Gobierno Nacional) y las Fuerzas Armadas
Revolucionarias de Colombia, Ejército del Pueblo (FARC-EP); en desarrollo de
los sub-puntos 1: Cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y 2:
Dejación de las armas, del punto 3, Fin del Conflicto, del Acuerdo General para
la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera,
firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 26 de agosto de 2012, acuerdan: El
Gobierno Nacional, en cumplimiento y en los términos de lo acordado en el punto
2 “Participación política: Apertura democrática para construir la paz”,
reafirma su compromiso con la implementación de medidas que conduzcan a una
plena participación política y ciudadana de todos los sectores políticos y sociales,
incluyendo medidas para garantizar la movilización y participación ciudadana en
los asuntos de interés público, así como para facilitar la constitución de
nuevos partidos y movimientos políticos con las debidas garantías de
participación, en condiciones de seguridad[1].
El documento del Acuerdo de Paz dice, seguidamente:
Así
mismo, el Gobierno Nacional reafirma su compromiso con lo acordado en los
puntos 3.4. y 3.6. del punto 3 Fin del Conflicto, entre los que se encuentra la
creación de un nuevo Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la
Política, en los términos acordados en el punto 2 Participación Política, como
parte de una concepción moderna, cualitativamente nueva de la seguridad que, en
el marco del fin del conflicto, se funda en el respeto de la dignidad humana,
en la promoción y respeto de los derechos humanos y en la defensa de los
valores democráticos, en particular en la protección de los derechos y
libertades de quienes ejercen la política, especialmente de quienes luego de la
terminación de la confrontación armada se transformen en movimiento político y
que por tanto deben ser reconocidos y tratados como tales[2].
Como corolario
de esta primera consideración del Fin del
conflicto, se escribe:
Adicionalmente,
el Gobierno Nacional y las FARC-EP expresan su compromiso de contribuir al
surgimiento de una nueva cultura que proscriba la utilización de las armas en
el ejercicio de la política y de trabajar conjuntamente por lograr un consenso
nacional en el que todos los sectores políticos, económicos y sociales, nos
comprometamos con un ejercicio de la política en el que primen los valores de
la democracia, el libre juego de las ideas y el debate civilizado; en el que no
haya espacio para la intolerancia y la persecución por razones políticas. Dicho
compromiso hace parte de las garantías de no repetición de los hechos que
contribuyeron al enfrentamiento armado entre los colombianos por razones
políticas.
Por
último, el Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen con el cumplimiento
de lo aquí acordado en materia de Cese al fuego y de hostilidades bilateral y
definitivo (CFHBD) y Dejación de Armas (DA), para lo cual elaborarán una hoja
de ruta que contenga los compromisos mutuos para que a más tardar a los 180
días luego de la firma del Acuerdo Final haya terminado el proceso de dejación
de armas[3].
Como se puede ver, el apartado del documento del Acuerdo de Paz, está dedicado a hacer
viable y operable la finalización del conflicto. El carácter del contenido se
encuentra en los límites de la democracia formal, aunque ampliada, en lo que
respecta a menciones a la participación de la sociedad, a la ampliación de los
marcos jurídicos y políticos, insistiendo
en la solución de los problemas sociales y políticos, que ocasionaron la guerra permanente en Colombia.
Reflexiones
sobre la guerra y la política
¿Pasar de la guerra,
como ámbito bélico, para resolver problemas socio-políticos, a la política, como ámbito polémico para
resolver los problemas no resueltos en la guerra,
en el campo político, es asumir la política como continuación pacífica de la
guerra? ¿Antes, en la guerra
permanente, la guerra era asumida
como continuación bélica de la política?
¿Cuál la relación entre la guerra y la política? Como escribimos en La
guerra y la paz, ni la guerra es continuación de la política, ni la política
es continuación de la guerra[4].
La relación paradójica de la guerra y la política, no se da en el esquematismo
dualista, ni en el tiempo lineal,
no se resuelve dialécticamente, que
es una versión móvil y mutante del esquematismo
dualista; se da en la complejidad dinámica
de las composiciones singulares de la
formación espacio-temporal-territorial-social,
que articulan e integran dinámicamente
múltiples planos y espesores de
intensidad. La guerra es acontecimiento, que contiene múltiples singularidades, que se
asocian, convergen o divergen, se articulan
de una determinada manera, en una coyuntura,
combinando formas de desenlaces, por así decirlo, momentáneos o definiendo lapsos. La política es otro acontecimiento,
que como tal, es multiplicidad de
singularidades, articuladas e integradas en composiciones y combinaciones sociales,
que hacen a los desenvolvimientos de la política.
Para comprender estos acontecimientos, además en su singularidad compleja, es menester comprender las simultaneidades dinámicas y singulares, que se dan en los acontecimientos.
Desde esta perspectiva,
la política no aparece como el ámbito
institucional y normativo, además de prácticas y relaciones estructuradas, que
hacen a la paz. Sino que la paz aparece como un concepto que expresa una idea,
en sentido kantiano; es decir, una finalidad
construida por la razón, aunque también
por la esperanza. Para conseguir la paz, idea
esperada en el ámbito de la guerra,
se finaliza el conflicto bélico; para conseguir la paz, idea esperada en el
ámbito político, es menester resolver
los problemas que ocasionaron la guerra.
El Acuerdo
de Paz considera algunos de estos problemas, que supone cruciales, en la coyuntura presente; sin embargo, como no son todos los problemas heredados o
por lo menos un núcleo significativo
de la problemática social, económica, política y cultural, no es todavía la condición de posibilidad jurídica para
lograr la paz, anhelada en el ámbito político;
tampoco es la condición de posibilidad jurídico-política,
es decir, institucional, para realizar la paz
esperada. Así mismo, no es todavía la condición
de posibilidad histórico-política para efectivizar la paz, ya entendida como ideal
exhaustivo, es decir, como concordia y fraternidad. Para decirlo, de manera
resumida, el Acuerdo de Paz es la condición de posibilidad jurídica de la finalización del conflicto bélico, para
alcanzar la realización de la paz,
anhelada en la conflagración bélica. Para conformar la condición de posibilidad jurídico-política de la paz, anhelada en el ámbito político, se
requieren de transformaciones jurídicas, de las reglas del juego político, así como transformaciones institucionales,
que operen los desplazamientos hacia
la paz. Si se quiere; para decirlo de
una manera simplona, por razones de exposición, se requiere de un proceso constituyente, que otorgue potestad al poder constituyente, es decir, el pueblo. Sin embargo, desde la perspectiva
histórico-política, esto no es suficiente para alcanzar la paz, anhelada políticamente. Se requiere
de transformaciones estructurales e
institucionales, que profundicen la democracia
formal, que la conviertan en democracia
participativa; que se resuelvan, por lo menos, algunos problemas estructurales de la formación
social. Uno, el relativo a la estructura
de las desigualdades, que adquieren diferencias abismales. Dos, el relativo
a la cuestión agraria, es decir, el
materializar la reforma agraria integral;
como menciona el mismo documento del Acuerdo
de Paz. Tres, resolver el problema de la violencia descomunal y perversa, generada por las estructuras de poder paralelas del narcotráfico;
lo que implica, desmantelar a los carteles
y a las mafias; así mismo, denota el desarme total de los paramilitares. Cuatro, avanzar sustantivamente, por así decirlo, en la descolonización; en otras palabras, en
la desracialización de las relaciones sociales; lo que conlleva el
respeto efectivo, es decir, institucional
y en la práctica, de los derechos de las naciones y pueblos indígenas,
así como de las poblaciones afro-descendientes.
En consecuencia, para lograr la paz,
anhelada políticamente, desde esta perspectiva
histórico-política, se requiere de la reivindicación plena, el ejercicio
pleno de la ciudadanía integral de las
y los oprimidos, excluidos, marginados, discriminados, subalternizado. Para
decirlo, en la expresión del discurso histórico-político puesto en escena, tanto en el acontecimiento de la guerra
como en el acontecimiento político, el
discurso marxista, se requiere de la condición social-política-económica del
socialismo. ¿Es este último logro, la paz
anhelada por la perspectiva histórica-política,
la paz como idea integral, como armonía?
No. La paz como armonía es posible resolviendo la problemática en su complejidad
integral, comprendiendo los múltiples
planos y espesores de intensidad, que hacen a la realidad efectiva. Esto compromete resolver la crisis ecológica, la amenaza
a la vida, que ocasionan las sociedades
humanas institucionalizadas; las que, bajo el manto de la cultura-mundo, la civilización moderna, han convertido a la naturaleza, mejor dicho, a la integralidad
de los ciclos vitales, al Oikos,
al planeta, en objeto de dominación y materia de poder. Por lo tanto, cumplir con las condiciones de posibilidad para la paz como armonía, requiere de la armonización
de las sociedades humanas con los ciclos ecológicos, los ciclos vitales del planeta; para
decirlo, en términos jurídicos, de la última generación de derechos,
garantizando los derechos de los seres,
que cohabitan, coexisten, con las sociedades
humanas.
En consecuencia, no hay que perder de vista que
la paz es una idea racional y afectiva; no algo o circunstancias que se
efectivizan inmediatamente, después de un Acuerdo
de Paz. Tampoco hay que perder de vista que la paz tiene distintas connotaciones conceptuales, de alcances
diferentes, o, si se quiere, hay distintas ideas
de paz; unas más simples, otras más complejas. En tercer lugar, no hay que
perder de vista, que si se quiere alcanzar esta finalidad o esta idea de paz
como armonía, se requiere reintegrar a las sociedades humanas a las ecologías
de la pluralidad de sociedades orgánicas
y de sus ciclos vitales; logrando armonizar a las sociedades humanas con los devenires
creativos de la potencia de la vida.
Esta reflexión
no tiene porque desalentar, tampoco desmoralizar, menos desvalorizar el logro
del Acuerdo de Paz; sino, mas bien,
se trata de ponderar el Acuerdo de Paz, como condición de posibilidad jurídico-política para
alcanzar la paz, anhelada desde las
entrañas devoradoras de la guerra. Se
trata también de definir ámbitos de tareas, en distintos horizontes de la paz; ámbitos de tareas que responsabilizan o exigen la responsabilidad, en primer lugar, del pueblo; en segundo lugar, de los involucrados
en el conflicto bélico; en tercer lugar, de los y las activistas libertarias,
activismo múltiple e integral, no solo en la crítica, en la interpelación
y en la convocatoria, sino como despliegue afectivo del amor a la vida.
[1] Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y
la Construcción de una Paz Estable y Duradera: https://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/24_08_2016acuerdofinalfinalfinal-1472094587.pdf.
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