El hilo
constitucional sigue roto
Por el
restablecimiento de la Constitución
Al
pueblo de la República Bolivariana de Venezuela
Las históricas palabras de la Dra. Luisa Ortega
Díaz, Fiscal General de la República,
sobre las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia (TSJ), en las que dijo que con esas sentencias se verificaba “ un desconocimiento del modelo
de Estado consagrado en nuestra Constitución”, y una “ruptura del hilo
constitucional”, pronunciadas con ocasión de la presentación de su informe de
gestión del año 2016, el pasado viernes 31 de marzo de 2017, tuvieron como
consecuencia una convocatoria inmediata, por parte del Presidente Maduro, al
Consejo de Defensa de la Nación, organismo que culminó su reunión decidiendo
una “exhortación” al TSJ, en el sentido de realizar una “revisión” de las
sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional. La “exhortación” fue acatada
por el TSJ con la velocidad de una orden
militar y, en horas, con fecha sábado 1 de abril de 2017, tuvo supuestamente
listas las sentencias 157 y 158, en las que se modifican las sentencias 155 y
156 mediante la supresión de algunos de los apartes más desembozadamente
violatorios, pero dejando al atentado anticonstitucional que esas sentencias
representan no sólo tan vivo y actuante como antes, sino además, operando como
evidencia flagrante de la transformación del TSJ, en una sastrería que le
diseña, le corta y le cose, ¡en horas!, al Presidente Maduro, el traje legal
que convenga a sus intereses políticos coyunturales.
Quienes hace ya casi un año nos conformamos como
Plataforma Ciudadana en Defensa de la CRBV, lo hicimos porque creemos que el
desconocimiento de la Constitución Nacional tiene una historia que es necesario
repasar hoy cuidadosamente.
Un quiebre histórico fundamental del proceso
bolivariano ocurrió con la abrumadora derrota en las elecciones parlamentarias
del 6 de diciembre de 2015. A partir de ese momento el gobierno parece
reconocer que no podrá permanecer en el poder si ello depende del apoyo
electoral de la mayoría de la población venezolana y del cumplimiento de la
Constitución. A partir de este momento, tanto la voluntad del pueblo como la
Constitución se convierten en obstáculos a ser superados, dejados a un lado,
con el fin de garantizar, “como sea”, la permanencia del gobierno. Se va
tomando, en consecuencia, una serie de decisiones que avanzan en forma cada vez
más sistemática y más coherente en la dirección del establecimiento de un orden
autoritario.
El primer paso en esa dirección se dio a los pocos
días de que el gobierno del Presidente Maduro perdiese las elecciones
parlamentarias. Cuando se confrontó con el hecho de que la oposición agrupada
en la MUD había obtenido dos terceras partes de la AN. En clara violación a las
normas constitucionales y legales y a los procedimientos establecidos, a
finales de diciembre de 2015, cuando le quedaban pocos días de vigencia a la
mayoría oficialista en la AN, se produce el nombramiento de los nuevos
magistrados a las diferentes salas del Tribunal Supremo de Justicia. No solo
son, estos nuevos magistrados sin excepción, incondicionales del gobierno, sino
que varios de ellos y ellas ni siquiera cumplían con los requisitos de Ley para
ocupar el cargo.
El papel que jugaría este TSJ en las nuevas
condiciones del país quedó al desnudo cuando, para impedir que la oposición
pudiera hacer uso de su mayoría calificada en la AN, los nuevos magistrados se
estrenan decidiendo, en atención a una acusación de comisión de delito electoral formulada por
el oficialismo, desconocer los
resultados de las elecciones en el Edo. Amazonas, y a los diputados electos y
proclamados por el CNE. De esta forma, la oposición deja de tener una mayoría
calificada. Resulta además especialmente chocante y condenable el hecho de haber utilizado a los diputados indígenas,
el sector más vulnerable de la población, como comodines humanos para una
despreciable jugarreta política.
En vista de que pasan meses sin que el asunto se
resuelva, sin que se hagan las investigaciones para establecer la veracidad de
las denuncias por las cuales el TSJ invalidó las elecciones, ni realización de
nuevas elecciones para un estado que se había quedado sin representación
parlamentaria, la AN decide incorporar a los parlamentarios cuestionados. El
TSJ responde declarando a la AN en desacato. A partir de este momento sus
decisiones serían desconocidas por el resto de los poderes públicos. Se da así
un segundo momento crítico de ruptura del orden constitucional, produciéndose
la concentración de poderes que ha permitido al gobierno dar cada uno de los
pasos subsiguientes en la dirección del autoritarismo que hemos presenciado y
estamos presenciando. La ratificación parcial de las integrantes del CNE por
parte del TSJ, a pesar de que se trata de una atribución constitucional expresa
de la AN. La paralización del Referendo revocatorio. La suspensión arbitraria
de las elecciones regionales pautadas de acuerdo a la Constitución para
diciembre de 2016, y la aparente disposición de seguir haciéndose los
desentendidos que expresa la inexistencia de un calendario electoral para
cumplir con el compromiso asumido por el
CNE, el 17 de octubre de 2016, de realizarlas a fines del primer semestre del
2017. El Estado de excepción por más de catorce meses, en violación de las
normas constitucionales que expresamente lo impiden, con la consiguiente
restricción de los derechos constitucionales que ello implica. La no
presentación del Presupuesto Nacional ante la AN negando así, a los representantes
electos por el pueblo, el derecho a conocer y discutir el manejo de los
recursos públicos. Y en esa misma significación
y relevancia, algo tan grave como el Decreto Presidencial 2.248 sobre el
mal llamado Arco Minero del Orinoco, que desaplica la Constitución en el 12%
del territorio nacional afectando severamente la soberanía nacional, con el consiguiente aplastamiento de los
derechos constitucionales territoriales de los pueblos indígenas, y de los derechos constitucionales ambientales
de todo el pueblo de Venezuela.
Por otra parte, es obligatorio decir que la
oposición organizada en la MUD también contribuyó al proceso de erosión de la
Constitución con actuaciones como la del 9 de enero de 2017, cuando,
aceptando y reconociendo la situación de
desacato a que los había sentenciado el, para ellos espurio, TSJ, procede a la
desincorporación de los diputados electos por el Edo. Amazonas, siguiendo el
ritual exigido por el TSJ, para una vez, según ellos, puestos a derecho,
proceder a decidir que el presidente Maduro, el mismo que venían denunciando
por abuso del poder, ya no era Presidente de la República por un supuesto
“abandono del cargo”.
Volvamos al presente. Todavía no se ha disipado la
conmoción producida por la intervención de la Fiscal General de la República el
pasado 31 de marzo. El gobierno ha pretendido reducir la grave crisis
institucional y constitucional a un mero “impasse” entre poderes públicos,
impasse que expresaría la existencia de separación y autonomía entre los
poderes del Estado y que habría sido superada por las sentencias 157 y 158.
Nada más lejos de la verdad. Los elementos
fundamentales de la ruptura del hilo constitucional permanecen plenamente
vigentes. A pesar de las modificaciones
y supresiones introducidas, las sentencias del TSJ reafirman en una forma
categórica el desconocimiento de la AN, esto es, de la voluntad popular
legítimamente expresada en las
elecciones parlamentarias del 6-12-2015.
Además, permanece sin modificación, a pesar de las
nuevas sentencias 157 y 158, la autorización al Presidente Maduro para firmar
convenios de empresas mixtas sin la aprobación de la AN tal como lo contemplan
la Constitución y la Ley de Hidrocarburos. Lo que abre las puertas para
profundizar, sin obstáculo alguno, el violento proceso de
apertura/doblegamiento al capital transnacional que está en marcha en la Faja
Petrolífera y el Arco Minero del Orinoco.
Las sentencias del TSJ que, en palabras de la Fiscal
General, implicaron la ruptura del hilo constitucional, constituyen un grave delito
político. Este delito tiene autores intelectuales y autores materiales. ¿Quién
sancionará a los responsables? Hacemos un llamado a la Dra. Luisa Ortega Díaz,
Fiscal General de la República, para que actúe en consecuencia con sus
declaraciones del 31 de marzo pasado y, de acuerdo a las atribuciones que le
confiere el numeral 5 del Art. 285 de la CRBV que dice: “Intentar las acciones
a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, laboral,
militar, penal, administrativa o disciplinaria en que hubieren incurrido los
funcionarios o funcionarias del sector público, con motivo del ejercicio de sus
funciones.”, inicie los procedimientos correspondientes.
El reto que tiene la sociedad venezolana está,
en que hoy camina al borde de una
confrontación violenta, y para preservar la paz se impone el inicio de un proceso de mutuo reconocimiento y trato
respetuoso que permita la recuperación
de la autonomía y separación de los diferentes poderes del Estado, hacia la
reinstitucionalización del país. Si son legítimos los votos que
mayoritariamente eligieron a Nicolás Maduro como Presidente de la República, no
son menos legítimos los votos que dieron a la oposición las dos terceras partes
de la Asamblea Nacional.
Para concluir, es importante señalar que todo esto
se da en un peligroso contexto internacional donde destacan los nuevos
gobiernos de derecha en Brasil y Argentina y la presidencia de Trump, que
anuncia lo que será su política exterior
con el bombardeo a una base aérea en Siria. Hacia Venezuela, esta agresiva política
intervencionista fue anunciada por el Almirante Kurt W. Tidd, Jefe del Comando
Sur de los Estados Unidos, en su reciente presentación ante el Comité de
Servicios Armados del senado estadounidense el pasado 6 de abril. “Venezuela se enfrentará a una
significativa inestabilidad en el próximo año debido a la escasez generalizada
de alimentos y medicamentos; incertidumbre política continuada; y un
empeoramiento de la situación económica. La creciente crisis humanitaria en
Venezuela podría eventualmente obligar a una respuesta regional.” A partir de
las experiencias de Afganistán, Irak, Libia y Siria, ¿en que podría consistir
esta respuesta regional?
La actual crisis venezolana tiene que ser
resuelta soberanamente por las y los venezolanos, sin intervenciones externas
unilaterales o multilaterales. Para ello es indispensable la recomposición del tejido institucional,
que un CNE consciente de que tiene en su actuación la salvación de la paz
nacional, le entregue perentoriamente al pueblo de Venezuela el calendario
electoral que tan peligrosamente le adeuda.
Caracas 10 de abril de 2017
Por la Plataforma Ciudadana en Defensa
de la Constitución
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